martes, 29 de enero de 2008

DECRETO 1818 DE 98

DECRETO NUMERO 1818 DE 1998

(septiembre 7)

por medio del cual se expide el Estatuto de los mecanismos alternativos de solución de conflictos.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 166 de la Ley 446 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 446 de 1998 en su artículo 166 facultó al Gobierno Nacional para que dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedición de dicha ley, compile las normas aplicables a la conciliación, al arbitraje, a la amigable composición y a la conciliación en equidad, que se encuentren vigentes en esta ley, en la Ley 23 de 1991, en el Decreto 2279 de 1989 y en las demás disposiciones vigentes;

Que el presente decreto se expide sin cambiar la redacción, ni contenido de las normas antes citadas,

DECRETA:

ESTATUTO DE LOS MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS

PARTE PRELIMINAR

MUCHO OJO

MUCHO OJO
DESPIERTA YA